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Procesos Legislativos

Esta sección cuenta con un mapa interactivo a través del cual podrá conocer la legislación referida a niñez y adolescencia de cada una de las provincias del país tanto en materia penal como de protección. También podrá encontrar la legislación internacional y nacional vigente, los diferentes proyectos de ley penal juvenil e informes y análisis realizados por el equipo del Observatorio y por otros especialistas.

Nacional

Modificación legislativa del régimen penal juvenil

La Ley Penal que actualmente administra la comisión de delitos por parte de personas menores de 18 años de edad, es el Decreto Ley 22.278/80 cuyo contenido no se adecua a la Convención sobre los Derechos del Niño y demás tratados internacionales de derechos humanos. De esta manera, la normativa penal vigente no garantiza el cumplimiento y la protección de los derechos de los adolescentes incluidos en la misma.

Esta inadecuación requiere la modificación de la legislación penal en pos de garantizar, en principio de manera enunciativa, los derechos de los jóvenes imputados. A continuación presentamos los los proyectos de ley que se encuentran en discusión en la Cámara de Diputados, que plantean una reforma al actual Régimen Penal de la Minoridad (Ley 22.278/80) y el proyecto de ley que cuenta con la media sanción de la Cámara de Senadores.

Proyecto con media sanción de la Cámara de Senadores

Proyecto 1448-D-2011

Proyecto 1045-D-2010

Proyecto 1524-D-2010

Proyecto 6427-D-2010

Leyes Nacionales de Niñez y Adolescencia

Decreto Ley N° 22.278/ 80: Régimen Penal de la Minoridad.

El Régimen Penal de la Minoridad, corporizado en los decretos 22.278/80 y 22.803/83, aún es el encargado de establecer cuáles son criterios de punibilidad en relación a los menores de edad. Reglamenta, de acuerdo a un criterio etario, la franja que podrá ser declarada imputable penalmente de sus actos y la separa de la que no podrá serlo, o sea, aquella que se considera inimputable; estableciendo los pasos a seguir en cada uno de los casos.
A modo de síntesis establece que los menores de 16 años no son punibles, así como tampoco lo son los menores de 18 años respecto de delitos de acción privada o reprimidos con pena privativa de la libertad que no exceda de los dos años. Son punibles, y por tanto susceptibles de ser sometidos a proceso penal, los chicos que cometan delitos entre sus 16 y 18 años y que no respondan a las características recientemente mencionadas. Estos últimos serán dispuestos provisionalmente, aunque dicha provisionalidad pueda extenderse no solo hasta la declaración de responsabilidad penal, sino hasta tanto el Juez lo determine.
De determinarse la responsabilidad penal del adolescente inculpado, el Juez puede dictar 1 año de tratamiento tutelar, plazo luego del cual se podrá dictar sentencia siempre y cuando el menor haya cumplido los 18 años. En la circunstancia de dictar sentencia el juez puede, a partir de considerar las modalidades del hecho, los antecedentes del menor, el resultado del tratamiento tutelar y su propia impresión, aplicar una sanción reducida en la forma prevista por el Código Penal para el delito en cuestión, o directamente no aplicar sanción y absolverlo.
Este Régimen penal de la minoridad ya ha tenido múltiples intentos de ser modificado. Efectivamente, hace varios años vienen presentándose proyectos legislativos de reforma y/o derogación en ambas Cámaras. Los proyectos que han discutido en las Comisiones específicas abogan ya sea por la baja de la edad de imputabilidad penal, ya sea por la instauración de régimen de responsabilidad penal adolescente-juvenil.

Ley N° 26.061/05: Ley de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

Decreto Reglamentario N° 415 de la Ley N° 26.061/06.

El 28 de septiembre de 2005, tras quince años de debates y a casi a cien años de vigencia, fue derogada la Ley 10.903de Patronato de Menores y reemplazada por la Ley Nº 26.061 de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

Esta ley prevé la creación de un sistema de protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes del país, en cuya base se encuentra el conjunto de políticas públicas básicas y universales para el pleno desarrollo de la niñez en todas las áreas: educación, salud, cultura, recreación, participación ciudadana, etc.; y define las responsabilidades de la familia, la sociedad y el Estado en relación con esos derechos

 

 

Ministerio de Desarrollo Social - Decreto 28 /2007 - Organigrama y objetivos SENNAF

En el decreto de referencia (28/2007) se establece la estructura institucional y las misiones y objetivos de la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (SENNAF).

Ver aquí el documento completo.

Decreto 416/2006 - Sobre conformación Consejo Federal

El decreto de referencia establece las facultades del titular de la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, entre las que se ubican la de convocar y conformar el Consejo Federal de Niñez, Adolescencia y Familia.

Decreto 416/2006

Decreto 1293/2005

El Decreto de referencia mantiene en funcionamiento el Consejo Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (ya sancionada la Ley Nacional nº26.061) hasta tanto se “…encuentren en pleno ejercicio de sus funciones los nuevos organismos, creados, a efectos de que la transición no deje desprotegidos a los sujetos beneficiarios de la norma”

Decreto 1293/2005

Leyes Nacionales

Código Procesal Penal de la Nación.

Ley N° 24.660/96: Ley de ejecución de la pena privativa de la libertad.

Ley N° 20.416/73: Ley del Servicio Penitenciario Federal.

Decreto Ley N° 333/58: Ley Orgánica de la Policía Federal.

Ley N° 24.946/98: Ley Orgánica del Ministerio Público.

Ley N° 24.417/94: Ley de Protección contra la violencia familiar.

 

 

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